Proyecto de Práctica Constitucional

Práctica Constitucional

PRESENTACIÓN

Este proyecto surge de la necesidad de complementar el área de Ciencias Sociales, Ética y Valores y se puede utilizar como herramienta para enfatizar los valores, normas de urbanidad, civismo y cultura en cada uno de los educandos de la institución.

La Instrucción Cívica son nociones de Derecho Constitucional y Administrativo, es la médula de La Educación Cívica, esta educación presupone ciertas prácticas como el ejercicio del voto en la elección de los representantes del grado, la elección del personero, al elegir cada uno de los comités, al igual algunas actividades que inculcan la probidad moral, el decoro cívico y el desempeño práctico de los futuros ciudadanos.

Los ideales nacionales, patriotismo, honestidad, moral y civismo son el epicentro de toda educación que tiende a la formación de la personalidad, buscando siempre la manera de hacer de nuestros estudiantes seres útiles al país  y así contribuir al engrandecimiento, a la estabilidad de las instituciones democráticas y a la conservación de la paz.

Se espera que este proyecto sirva de apoyo hacia un proceso de reflexión que permita al estudiante un mayor conocimiento de La Constitución Política y a la formación de un ciudadano basado en valores éticos y estéticos para que lo hagan un ser útil a la sociedad a la cual pertenece sin pasar por encima de sus convicciones personales, la religión, la política, su  filosofía y sin que se divida a los hombres y a la educación.

El hábito teórico-práctico del derecho, en el cual se compendian las normas institucionales que nos rigen y los conocimientos que de ellas debe tener todo ciudadano permite que se vaya edificando el país que queremos para cada uno de los seres que amamos y se encuentran a nuestro alrededor.

El auge y la importancia que han venido tomando los Derechos Humanos en todas las latitudes y el reconocimiento universal de los Derechos del Niño, van creando la necesidad de una educación social y legal que prepare a fondo al futuro ciudadano para así disfrutar de una Patria sin fronteras.









JUSTIFICACIÓN

La construcción de este proyecto tiene entre otros objetivos la definición y la práctica de normas y valores que permiten el mejoramiento continuo, contribuye a hacerle frente a la indiferencia, el individualismo, la apatía y a la ausencia del sentido de pertenencia  que caracteriza a la comunidad educativa.

Se pretende fomentar un ambiente de trabajo sano, consolidando las relaciones sociales, formando una gran familia rica en valores y virtudes que indicarán positivamente el comportamiento de cada uno como ciudadanos responsables, capaces de  formar una sociedad digna y justa basada en el fomento y el respeto a los derechos fundamentales y el uso adecuado de los mecanismos de defensa del colombiano que están inscritos en La Constitución Política de nuestro gran país.

Este proyecto pretende cimentar una verdadera cultura participativa para que los estudiantes propendan mediante el ejercicio de la instrumentación jurídica procesal creada por el Constituyente de 1991, una real transformación de las costumbres políticas hoy interpretadas sólo en elegir libremente los representantes por voto popular.
OBJETIVOS

Objetivo General

Fomentar del estudio de La Constitución Política de Colombia y el adecuado uso de valores, virtudes y aspectos legales, que ayudan a la formación de ciudadanos responsables, críticos y activos dentro de la sociedad en la que interactúa.

Objetivos Específicos

     Fomentar el estudio de La Constitución Política de Colombia.
      Crear hábitos de formación en valores y normas ciudadanas en los educandos.
      Ayudar  a construir una sociedad libre de indiferencia, apatía e individualismo.
      Rescatar del sistema La Educación Cívica y La Urbanidad.
      Contribuir a la integración, consolidación y engrandecimiento de la nación colombiana.
      Conciliar en la práctica el orden con la libertad y los fueros de la autoridad con los derechos humanos y con el bien común.
      Preparar al educando para el cumplimiento de los deberes cívicos, así como para el ejercicio de sus derechos, dentro del régimen democrático del país.
      Estimular y encauzar el sentimiento de responsabilidad individual y social. Así como el orgullo por los valores nacionales, sean naturales o humanos, pues a menudo suelen recibir menosprecio en lugar de estímulo.
      Infundir el respeto, el acatamiento de la ley y la tolerancia y respeto para las opiniones ajenas, en religión, política, entre otras, por más opuestas que fueren a las nuestras.



MARCO REFERENCIAL

MARCO LEGAL

La Ley 115 en el artículo 14 promulga:
Art. 14. Enseñanza Obligatoria
En todos los establecimientos oficiales y privados que ofrezcan educación formal es obligatoria en los niveles de la educación preescolar, básica y media cumplir con:
a)   El estudio, la comprensión y la práctica de la Constitución y La Instrucción Cívica de conformidad con el artículo 41 de La Constitución Política.


MARCO CONCEPTUAL

La Constitución
La Constitución en sentido amplio es considerada como ley fundamental de la organización del estado.
Según Álvaro Echeverri Urruburo, se entiende por Constitución, el conjunto de definiciones normativas acerca de las instituciones políticas que conforman un determinado sistema estatal dentro de una formación social particular


Constitución Política de 1991
La Constitución del 4 de julio de 1991 se constituyó para dar respuesta al clamor nacional y promulgó un conjunto de principios, valores, reglas y órganos del poder, que el país todavía no ha podido dimensionar, ni valorar suficientemente, debido a diversos obstáculos que han impedido su vigencia y aplicación.

Bajo el gobierno del Doctor César Gaviria por insinuación de algunos sectores socio-políticos se convocó a integrar la asamblea constituyente un mecanismo para reformar la constitución política del país.
El órgano constituyente inició secciones el 5 de febrero y clausuró el 4 de junio de 1991. La asamblea se conformó con 70 miembros representativos de las distintas fuerzas político-sociales y económicas del país, se empleó el sistema plurinominal es decir por listas y en ellas se aplicó el sistema de cuociente electoral. Dos cupos se le dejaron a los guerrilleros que manifestaron acogerse al proceso de paz y que se encontraren desmovilizados.
Entre los temas que se tocaron en dicha asamblea son:
      Temas para modificar el congreso
      Temas para justicia y ministerio público
      Temas con respecto a los derechos humanos
      Temas con respecto a los partidos políticos y de oposición
      Temas con respecto al estado de sitio
      Temas económico.

Características de las Constitución de 1991
      El estado pasa de ser un estado liberal de derecho a un estado social de derecho, lo que hace más activo e intervencionista en temas tan importantes como los derechos humanos, socio-económicos, culturales, del medio ambiente y colectivos.
      Consagra la participación ciudadana y el pluralismo.
      Reconoce la diversidad étnica, así como las lenguas y dialectos de los grupos étnicos a la par con la lengua española.
      Crea mecanismos para proteger derechos fundamentales como la acción de tutela, acciones populares, y de derechos de grupo.
      Se crea la figura del defensor del pueblo.
      Se establecen mecanismos de participación ciudadana como el voto, el plesbicito, el referendo, la consulta popular, la iniciativa legislativa, y la revocatoria del mandato.
      Se pasa de una democracia representativa de la Constitución de1886 a una democracia participativa en la actual.
      En lo referente a la rama legislativa se modificó la forma de elección de los candidatos provenientes de las regiones y se eliminó la figura de los suplentes.
      En cuanto a la rama ejecutiva, se estableció que el aspirante a la presidencia de la república obtenga la mitad más uno de los votos, así como la segunda vuelta para los candidatos de la más alta votación, cuando dicha proporción se haya alcanzado.
      Se estableció la figura del vicepresidente elegido popularmente por cuatro años.
      En lo concerniente al poder judicial se creó el consejo superior de la judicatura y la fiscalía general de la nación.
      Se fortaleció la descentralización, dando mayor autonomía a los departamentos y municipios, creó los territorios indígenas y convirtió los servicios públicos en una responsabilidad regional.

MECANISMOS DE DEFENSA DEL CIUDADANO

La Acción de Tutela
Es el acto político y jurídico más relevante y entronizado de la historia constitucional colombiana, instrumento sencillo, breve, sumario y eficaz para garantizar los derechos y libertades fundamentales de los colombianos, positivados tanto en la norma superior como en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Colombia.
Toda persona natural o jurídica tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que éstos resulten vulnerados o amenazados por acción o la omisión de cualquier autoridad pública.
La protección consistirá en una orden para que aquel respecto de quien se solicita la tutela actúe o se abstenga de hacerlo. El fallo, que será de inmediato cumplimiento, podrá impugnarse ante el Juez competente y  en todo caso, el fallo definitivo se remitirá a La Corte Constitucional para su eventual revisión.

La Acción Popular
Es el medio o instrumento jurídico procesal que puede impetrar cualquier persona ante el juez contencioso administrativo, o civil del circuito, con el propósito de evitar el daño contingente, hacer cesar el peligro, la amenaza, la vulneración o agravio sobre los derechos e intereses colectivos, o restituir las cosas a su estado anterior cuando lo fuere posible.
Una acción popular es una acción pública que legitima a cualquier ciudadano cuando se amenacen o se lesionen bienes públicos de tipo colectivo, es una acción principal y autónoma que procede sin que se requiera el agotamiento de otra instancia o el ejercicio de otras acciones, como acontece con la acción de tutela o con la acción de cumplimiento.

Derecho de Petición
Es la facultas que tiene toda persona para presentar solicitudes respetuosas verbales o escritas por motivos de interés general o particular, ante las autoridades públicas o ante los particulares que presten servicios públicos o ejerzan funciones públicas y obtener de ellos una respuesta pronta y oportuna que resuelva lo solicitado.

Acciones de grupo o de clase
Son el instrumento jurídico procesal que puede instaurar un grupo no inferior de veinte personas con el propósito de perseguir la reparación subjetiva de los daños producidos por la acción u omisión de la autoridad pública, de particulares que ejerzan funciones administrativas o de particulares.

Acción de cumplimiento
Es la acción conferida a toda persona natural o jurídica, pública o privada, en cuanto titular de potestades e intereses jurídicos activos frente a las autoridades públicas  y aún de los particulares investidos de esta función, de acceder a la autoridad judicial contenciosa administrativa para que demande de la autoridad renuente el cumplimiento de una norma con fuerza material de ley o acto administrativo.

El Hábeas Corpus
Es un derecho fundamental que otorga a toda persona la posibilidad de acudir a los bancos de datos y archivos de entidades públicas y privadas con el fin específico de demandar que le permitan el conocimiento, la actualización y la rectificación de las informaciones que se hayan recogido acerca de ella.
Este derecho se encuentra tipificado en el artículo 15 superior junto con los derechos fundamentales a la intimidad personal y familiar y al buen nombre, constituyéndose en un mecanismo adecuado para su defensa, cuando se difunden informaciones de las centrales y archivos de datos falsos o erróneos.
El hábeas data requiere su real dimensión en el ámbito de las actividades financieras y comerciales. Por ello, las entidades bancarias y las centrales de información desempeñan una función determinante, en cuanto aquellas reportan la situación de sus clientes, y estas realizan el registro, actualización y divulgación de la información. De manera de cualquier irregularidad, por mínima que sea, puede afectar gravemente los derechos no solo de un cliente o de un deudor, sino de todo aquel que pretenda hacer uso de los datos puestos a su disposición, más aún, tratándose de personas que se encuentran en estado de indefensión.

MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Existe una norma estatutaria que desarrolló los mecanismos de participación ciudadana, de que trata el artículo 103 de la constitución cuyo espíritu legal se orienta a la organización, promoción y capacitación de asociaciones profesionales, cívicas, sindicales, comunitarias, juveniles, benéficas o de utilidad común no gubernamental.
Dentro de los mecanismos de participación del pueblo se señalan:
El voto
A través de este mecanismo se elige periódicamente al que debe representar un grupo, una comunidad, una asociación, para ello  se celebran elecciones como ejercicio democrático para elegir y ser elegido. En nuestro país la elección del presidente y vicepresidente, congresistas, diputados, gobernadores, alcaldes, concejales, ediles y otros más. Se utiliza el voto secreto como un deber ciudadano, por lo tanto no es obligatorio y se estimula a quienes ejercen el sufragio.

El plesbicito
En la antigua Roma se llamaba plesbicito a las decisiones de la asamblea que celebraba la plebe o concilium plebe, que actuaba agrupada por tribus y en virtud de convocatoria del tribuno.
El presidente de la república con la firma de todos los ministros, podrá convocar al pueblo, para que se pronuncie sobre las políticas del ejecutivo que no requieran aprobación del congreso, excepto las relacionadas con los estados de excepción. El presidente debe motivar su intención y la fecha del ejercicio, la cual no podrá ser anterior a un mes ni posterior a cuatro meses desde el momento en que el congreso reciba el informe, no podrá coincidir con otra elección. Si transcurrido un mes de la presentación del informe alguna de las dos cámaras por la mayoría de los asistentes manifiesta su rechazo el presidente puede convocarlo. La temática no debe contener temas relacionados con la duración del periodo constitucional del mandato presidencial ni podrá modificar la constitución.

Los partidos y movimientos políticos reconocidos legalmente tendrán acceso a los espacios de televisión para controvertir los temas del plesbicito y quien decide es el pueblo de acuerdo a la elección teniendo en cuenta la mayoría del censo electoral.

El referendo
Este mecanismo exige el 10% de los ciudadanos del censo electoral, nacional, departamental, municipal, distrital, según el caso para poder solicitar ante el registrador del estado civil la convocatoria de un referendo para la aprobación o derogación de un  proyecto de ley, de ordenanza, de acuerdo o resolución local de iniciativa popular que sea negado por la corporación respectiva o que haya vencido el plazo de treinta días dentro del trámite de urgencia, por lo tanto el referendo puede ser aprobatorio o derogatorio.

Referendo constitucional
Por iniciativa del gobierno o un grupo de ciudadanos no menor del 5% del censo electoral, el congreso mediante ley que requiere la aprobación de la mayoría de los miembros de ambas cámaras, podrá someter a referendo un proyecto de reforma constitucional que el mismo congreso incorpore a la ley.

Para la aprobación de reformas a la constitución, se requiere el voto afirmativo de más de la mitad de los sufragantes y que el número de éstos exceda de la cuarta parte del total de ciudadanos que integra el censo electoral.

El gobierno una vez que tenga las certificaciones de la registraduría sobre el número de apoyos requeridos, el pronunciamiento de la corte constitucional, convocará al referendo en ocho días mediante decreto. El término para la recolección de apoyos es de un mes, para otras iniciativas sobre la misma materia y una vez transcurrido este plazo se inicia el de seis meses para la recolección de firmas adicionales de los ciudadanos.

Se podrá presentar iniciativas por el si y por el no, con el apoyo del 10% de los ciudadanos que conforman el censo electoral. Dicho referendo debe realizarse dentro de los seis meses siguientes a la presentación de la solicitud y las campañas de todos los procesos de participación ciudadana finalizarán a las doce de la noche del día anterior señalado por la misma.

La tarjeta electoral debe contener:
      La pregunta sobre si el ciudadano ratifica o deroga íntegramente la norma que se somete a referendo.
      Casillas para el si o para el no y el voto en blanco
      El artículo sometido a referendo.
      Otra casilla para que se vote el proyecto en bloque si así se desea.

Dependiendo del origen de donde provenga el referendo se denominará acto legislativo, ley, ordenanza, acuerdo, o resolución local. Cuando es ley o acto legislativo el encabezamiento debe ser “el pueblo de Colombia decreta”.

Al aprobarse el referendo el ejecutivo sancionará la norma y dispondrá su promulgación en ocho días, después del resultado declarado por la registradora.

Iniciativa popular
Se considera como el procedimiento que permite a un grupo de ciudadanos, presentar proyecto de acto legislativo, de ley, de ordenanza, de acuerdos, resoluciones de las entidades territoriales para que sean debatidos y posteriormente aprobados, modificados o negados por la corporación pública correspondiente, deberá contar por lo menos con el 5% de los ciudadanos inscritos en el censo electoral.
Una vez se certifique por parte de la registraduría del estado civil, el cumplimiento de los requisitos de una iniciativa popular, su vocero debe presentar dicho certificado con el proyecto de articulado y la exposición de motivos, así como la dirección de su domicilio ante la secretaria de congreso o corporación respectiva. Se podrá dar trámite de urgencia para los proyectos de conformidad con el artículo 163 de la carta política y si es presentado por el 20% de los diputados o concejales se aplicará lo previsto en el artículo 365 de la norma superior.

Consulta popular
Este mecanismo se considera como la institución mediante el cual una pregunta de carácter general sobre un asunto de trascendencia nacional, departamental, municipal, distrital o local es sometida por el presidente de la república, el gobernador o el alcalde según el caso a consideración del pueblo, para que este se pronuncie formalmente al respecto. No se podrá realizar consultas sobre temas que impliquen modificación a la constitución política. El texto debe redactarse en forma clara, de tal manera que pueda contestarse con si o un no.

Cuando se trata de consulta popular de carácter nacional, el texto se enviará por el presidente al senado para que emita conceptos favorables y si es de carácter territorial, el gobernador o alcalde solicitará a la asamblea o concejo respectivamente, concepto sobre su conveniencia en un plazo de 20 días a las dos corporaciones nacionales o departamentales y podrá prorrogarse por 10 días más pero la decisión debe ser por mayoría.
En el caso de los departamentos o municipios, el texto de la consulta debe remitirse al tribunal contencioso administrativo competente, para que se pronuncie dentro de los 15 días siguientes sobre su constitucionalidad. La votación se realizará dentro de cuatro meses si es de carácter nacional y dos meses en el caso de las entidades territoriales. Ha de entenderse que la desición es obligatoria, cuando la pregunta que se sometió obtuvo el voto afirmativo de la mitad mas uno de los sufragios válidos, siempre que haya participado no menos de la tercera parte de los electores del censo electoral.

Cuando el pueblo haya adoptado una desición obligatoria el órgano competente deberá adoptar las medidas para hacerla efectiva mediante ley, ordenanza y acuerdo o resolución en un término de tres meses.

Si en estado de excepción pudiera afectarse el orden público o se observa un ambiente de intimidación para los votantes, el presidente con la firma de todos sus miembros podrá suspender la realización de la votación, presentando un informe al congreso, motivando sus razones y luego enviará al día siguiente la expedición al decreto legislativo de suspensión a la corte constitucional para que decida sobre la constitucionalidad. Sí el gobierno no le envía a la corte ésta lo aprehenderá de oficio su cocimiento.


La asamblea para convocar a una asamblea constituyente
Convoca el congreso mediante ley que haya sido aprobada por la mayoría de los miembros de una y otra cámara, podrá dispones que el pueblo en votación popular, decida si convoca a una asamblea constituyente para reformar parcial o totalmente la constitución.

La ley deberá definir el número de delegatarios por el sistema de elección, competencias y periodo, una vez sancionada la ley se remitirá a la corte constitucional para que decida sobre su constitucionalidad.

Esta consulta debe hacerse a través de la tarjeta electoral de tal forma que los electores puedan votar con un si o un no la convocatoria.

Se aprueba con la tercera parte del censo electoral. La consulta para convocar una asamblea y la elección de sus delegatarios debe realizarse entre los dos y seis meses a partir de la fecha de la expedición de la ley.

Revocatoria del mandato
El artículo 133 de la ley suprema dispone, que el elegido es responsable políticamente ante la sociedad y frente a sus electores del cumplimiento de las obligaciones propias de su cargo. Y se desarrolla la revocatoria del mandato en el artículo 6 de la ley 134 de 1994, considerándola como el derecho político por medio del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato que le han conferido a un gobernador o un alcalde.

Un número no inferior al 40%  del total de votos válidos emitidos en la elección del respectivo mandatario, para solicitar ante la registraduría la convocatoria a la votación para la revocatoria al mandato de un gobernador o un alcalde, solicitud que debe hacerse por quienes participan en la votación en la cual se eligió al funcionario correspondiente. Certificado por la registraduría con la cédula se contará un año después de la posesión del mandatario.

La revocatoria del mandato se debe motivar por insatisfacción general de la ciudadanía e incumplimiento del programa de gobierno.

Aprobada la solicitud por parte de la registraduría, se informa dentro de los cinco días siguientes al funcionario respectivo.

Las autoridades electorales junto al registrador coordinarán la divulgación o realización de la convocatoria para la votación.

Considerado revocado el mandato para gobernadores y alcaldes, si se aprobó con un número de votos no inferior al 60% de los ciudadanos que participen en la respectiva votación, siempre que el número de sufragios no sea inferior al 60% de la votación registrada el día que se eligió al mandatario.

Podrán inscribirse como candidatos cualquier ciudadano que tenga los requisitos para el cargo ante el registrador por lo menos 20 días antes de la fecha de la votación. Una vez revocado el mandato se convocará a elecciones para escoger al sucesor  dentro de los 30 días siguientes a la certificación. Durante el periodo que transcurre entre la revocatoria y la posesión del nuevo mandatario será designado un ciudadano del mismo grupo, partido del movimiento político del mandatario revocado.



Cabildo abierto
Es una reunión política pública y libre de los habitantes de un municipio para participar y debatir asuntos de interés colectivo y proponer medidas que deben ser estudiadas por la administración local.

Valores
Es un a jerarquía de normas, conductas y actitudes, que avalan a la vez que sostienen unos intereses profesionales, humanos, culturales y éticos, que utilizan capacidades y desarrollan sentimientos que se imponen desde una cultura, con una moral determinada y hacen referencia a esa misma cultura.
Instrucción Cívica
Son nociones de Derecho Constitucional y Administrativo que permiten cimentar una verdadera cultura participativa para que la sociedad propenda por una real transformación de las costumbres legislativas y políticas del país.


Que es la educación cívica?
Es un tipo de educación que permite un conocimiento de la manera de entender y asumir el papel de cada persona en su calidad de ciudadano de un país, al asumir responsabilidades y derechos sociales y políticos. La educación cívica también fomenta el respeto por los valores nacionales y fortalece el conocimiento de los íconos de una nación.
La educación cívica capacita a las personas para lograr su participación como ciudadanos de su país. Busca que desde pequeños, los niños manejen conceptos que les permitan enfrentar problemas sociales, al aprender a manejar sus emociones y, a través de hábitos, lograr controlar su manera de proceder ante las situaciones de la vida. También es parte de la educación cívica, lograr inculcar valores en las personas desde su infancia. La idea es que desarrollen sentimientos de compasión y sentido de la solidaridad, además de capacidad de servicio. El objetivo es ayudar al individuo a desarrollar capacidades para buscar soluciones a los problemas por medio de aprendizaje teórico y práctico.
Según estudios, la educación cívica en la niñez se divide en tres factores importantes:
      educación de la personalidad
      la convivencia  
      la ciudadanía. 
La educación de la personalidad se trata de preparar a los niños a saber enfrentarse a los problemas que les presente la vida. Se logra proporcionando recursos tales como hábitos y conocimiento de valores y anti valores, la capacidad de establecer diferencias entre ellos y lograr aprender los beneficios de los valores y cómo emplearlos en la sociedad. 
La educación de la convivencia tiene que ver con el comportamiento que tiene el niño con las demás personas, tanto con su familia, como con sus amigos y compañeros. La idea es lograr pulir en el niño los sentidos de cooperación, de solidaridad y de protección de sus semejantes. Se busca también que se aprendan y se lleven a la práctica conceptos como la justicia, el respeto, y todo lo que tenga relación con los valores éticos.
La educación de la ciudadanía tiene como objetivo enseñar al menor las normas que se viven en una ciudad, familiarizarse con ellas y así desempeñarse mejor en su integración progresiva a la vida en la ciudad y lo relacionado a ella.
La educación cívica incluye también, la preparación de las personas enconceptos teóricos de política y derecho. Esto se entiende porque está planteada para ser utilizada en gobiernos democráticos en donde las personas necesariamente deben participar y aportar. Es por ello que es mejor contar con ciudadanos conocedores de conceptos políticos y legales para que en sí mismos sean soluciones ante problemas que surgen en un país y puedan estar listos para cumplir con sus derechos de sufragio y lo hagan con decisiones fundamentadas. 
Entonces, la educación cívica, prepara a las personas para ser ciudadanos responsables, capaces y autosuficientes, preparados para tener una participación activa en un gobierno democrático. 


FUNDAMENTACIÓN TEORICA
ACTIVIDADES
PRÁCTICAS
Fecha y medio de entrega
1.    Estudio del documento: “Historia de las constituciones políticas de Colombia”
INDIVIDUAL
Resumen en máximo 2 hojas tamaño carta, a mano, (pueden ser reciclables) y entrega individual
4 horas
(En caso de entregar después de la fecha límite, se reconocerán menos horas)
Manuscrito, en hojas tamaño carta (pueden ser reciclables)
2.    Estudio de los artículos de la Constitución de 1991, relacionados con los Derechos Fundamentales o de Primera Generación (entre Art. 11 al Art. 41)

Estudia:
Derechos y deberes en la Constitución 
GRUPOS (7)
Presentar una propuesta metodológica y didáctica para ir a un grado de la institución para la Prevención de la Violencia y promoción de la Convivencia Escolar.

Tema: Acoso Escolar, matoneo o Bulliyng

-         Diligenciar formato de ficha técnica (previo y posterior a la práctica.

(Ver entrada de Ficha
Técnica para práctica de propuesta didáctica sobre Acoso escolar en este Blog)
-         Realizan la práctica de aula entre 40 y 50 minutos una vez reciba el cronograma de visitas autorizado por la coordinación académica)
-         Entregan evidencia o memoria en Cd con fotos o video.
8 preparación de la propuesta
8 Horas de la práctica
Etapa 1: Diapositivas con conceptualización: Perfil de las víctimas, de los victimarios, qué pueden hacer la familia, los profesores, la institución, los testigos.
Etapa 2: Exposición oral de la propuesta didáctica.
Etapa 3: La práctica en el aula, según cronograma institucional, previa entrega de Ficha Técnica
Etapa 4: Entrega de Memorias en CD o Blog  después de la práctica: Pueden ser fotos, videos, audios, comentarios, entrevistas al final de la sesión, etc.
3.consulta en la dirección Web que se indica (1). Localiza la pestaña CONSTITUCIÓN
INDIVIDUAL
Elabora mapa conceptual que categorice la estructura del CONTENIDO de la Constitución Política de 1991 y de la organización del Estado
4.Manuscrito, en hojas tamaño carta (pueden ser reciclables): Portada, información sobre mapas conceptuales y elaboración del mapa con el contenido que se ha indicado.
También puede usar un Software para elaborar mapas conceptuales (CmapTools 5.04.01) y enviar por el correo electrónico:



Recuerde que antes de elaborar el mapa conceptual, debe añadir un informe escrito señalando qué es, cómo se elabora y que Software o programa es (o son) útiles para realizarlos.
3.    En la misma dirección Web anterior consulte los  en la pestaña: (de clic)
DERECHOS Y MECANISMOS DE PROTECCIÓN
EN PAREJAS
Debajo de cada uno de estos grupos de derechos:

-Derechos fundamentales
-Derechos sociales, económicos y culturales
-Derechos colectivos y del ambiente
...escriba una breve reseña de qué se trata cada uno de estos 3 grupos y de cual a cual artículo va cada uno de ellos, indicándolos con el número (Ejemplo: los de primera generación son los que.....y contine los Articulos:...........
Termina con una breve reflexión personal: ¿Cuál es la importancia de conocer estos DEBERES Y DERECHOS CONSTITUCIONALES?
En 12 o 15 diapositivas Power Point con portada, fondo blanco, letra negra, sin sonido ni movimiento (esto para aligerar el peso),
ATENCIÓN: Si no es legible o es demasiado pesado, se devuelve el envío. Elija contrastes amables para la lectura.
Consulta en la dirección Web que se indica en (de clic):
Jóvenes por los Derechos Humanos
Constitución y Ciudadanía
INDIVIDUAL



ESTUDIANTE:
SI CUMPLE CON LAS INSTRUCCIONES DE ENTREGA SE EVITARÁ CONTRATIEMPOS DE ÚLTIMO MOMENTO PARA CULMINAR SUS 50 HORAS DE CONSTITUCIÓN POLÍTICA. Solo de este modo podrá dársele SU CERTIFICACIÓN.